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Dirección General de Caminos

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Funciones
De  conformidad con el Artículo 8, del Acuerdo Gubernativo No. 520-99 de  fecha 29 de junio de 1999, publicado en el Diario de Centro América el  día 16 de agosto de 1999, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de  Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, las funciones de la  Dirección General de Caminos son:

  • Realizar,  mantener, actualizar y ejecutar planes regionales de construcción,  rehabilitación, mejoramiento y mantenimiento de carreteras y obras  conexas de acuerdo a los programas correspondientes y políticas  establecidas por el Ministerio del Ramo.
  • Evaluar  las necesidades nacionales de la infraestructura de transporte por  carretera coordinadamente con las demás dependencias del Estado que  tengan relación con el sector transporte, aplicando criterios económicos  y técnicos que le permitan establecer prioridades dentro de sus  programas de ejecución.
  • Mantener  las carreteras en óptimas condiciones de transitabilidad en toda época  del año y proporcionar el mantenimiento adecuado a los puentes de la red  vial del país que estén bajo su responsabilidad.
  • Estudiar,  analizar y evaluar las solicitudes de proyectos de construcción,  rehabilitación y mejoramiento de caminos, puentes y obras conexas para  considerar la posibilidad de su inclusión en programas de inversión  social.
  • Ejecutar  las obras de infraestructura vial de interés colectivo, de acuerdo con  los planes que promuevan el desarrollo y el aprovechamiento racional de  los recursos del país, para el bienestar de la población.
  • Ejecutar  en forma inmediata las actividades tendientes a subsanar los problemas  viales, ocasionados por emergencias y catástrofes nacionales.
  • Por  delegación del Ministerio del Ramo, suscribir contratos de supervisión,  construcción, rehabilitación y mejoramiento de obras de infraestructura  vial, así como servicios, verificando que el contenido de los mismos  favorezca al Estado y que dichos instrumentos contractuales cumplan con  los requerimientos que para el efecto establecen las leyes.
  • Realizar  y aprobar cuando corresponda estudios de factibilidad técnicos,  económicos, ambientales y de ingeniería de detalle, de los proyectos  desarrollados por la Dirección General de Caminos, en especial, los que  serán presentados a organismos financieros internacionales para el  otorgamiento del financiamiento respectivo.
  • Formular  el presupuesto de la Institución, velando porque la ejecución del mismo  se realice de conformidad con las normas presupuestarias y la  legislación vigente en materia fiscal.
  • Ejecutar el control de pesos y dimensiones de vehículos automotores.
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